La energía fotovoltaica se inició en Costa Rica en 1991 con un proyecto experimental en 2 palenques indígenas del cantón de Siquirres.
Luego se fue extendiendo a lugares como la Península de Osa, Isla Caballo, Dos Bocas de Aguirre, Punta Burica de Golfito, Talamanca, Parque Nacional Volcán Chirripó, Rincón de la Vieja y algunas zonas de Guanacaste.
El Parque Solar Miravalles, fue la primera gran planta de Costa Rica para generar electricidad solar y al ser inaugurada la más grande de Centroamérica, con una capacidad de 1,2 GWh / año.
A partir de la Directriz NO14 del MINAET se creó el “Plan Piloto de Generación Distribuida para Autoconsumo” del Grupo ICE.
Muchos costarricenses comenzaron a instalar paneles solares en residencias e industrias y con más de 350 solicitudes de interconexión, surgió un incipiente mercado fotovoltaico en el país.
En febrero 2015 Grupo ICE cerró su Plan Piloto para autoconsumo, indicando que el mismo había llegado a su tope máximo de instalación (10 MW).
A partir de entonces, no era posible efectuar nuevas solicitudes de interconexión.
Los proyectos de generación distribuida se encontraban en el aire, lo que propició un ambiente de incertidumbre en el sector.
La Junta Directiva de ARESEP aprobó en febrero 2015, con la metodología de cálculo correspondiente, una tarifa de acceso que contemplaba todos los gastos en los que incurren las distribuidoras.
Fuentes del sector sostienen que es una tarifa excesivamente alta, que incluye costos de mantenimiento y operación no asociados a la generación distribuida.
También critican la necesidad de implementar 2 medidores para los abonados, aumentando los costos de implementación y los costos asociados a la facturación de la empresa distribuidora.
Es importante destrabar esta situación para alcanzar los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y el VI Plan Nacional de Energía 2012 – 2030.
La solución podría encontrarse permitiendo que continúe la interconexión de todos los interesados a la red, revisando la metodología de cálculo de la tarifa de acceso y revisando el planteamiento de la necesidad de utilizar 2 medidores.
Las tarifas fijadas también fueron rechazadas por las distribuidoras y la Asociación Costarricense de Energía Solar.
La regulación de la incorporación de la energía fotovoltaica a la red eléctrica no es sencilla. Hay 3 intereses muy distintos (el consumidor, las compañías del sector solar y las distribuidoras eléctricas).
Lo que está claro es que si la normativa reduce la cantidad de usuarios interesados en generación distribuida, no cumple con su cometido.
La reglamentación debería facilitar los trámites para una interconexión sencilla y expedita para cualquier usuario, minimizando arbitrariedades de alguna de las partes.
En marzo 2016 ARESEP fijó las nuevas tarifas de acceso para generación distribuida.
¿Cómo se cobrará? Será en función de la energía retirada. No se cobrará por la energía que el productor-consumidor genere y utilice de forma directa en forma de autoconsumo.
El tiempo dirá si la metodología establecida cumple realmente con el objetivo de incentivar la producción de energía solar o eólica.
En el caso de grandes plantas de generación fotovoltaica seleccionadas al amparo de la Ley 7200 se presenta una situación muy llamativa.
ARESEP anunció que aumentará las bandas de tarifa establecidas para los oferentes en julio 2015 de $ 7,46 y $ 17,80 kW/h a $ 7,95 y $ 19,08 kW/h.
Este incremento repercutirá en el consumidor final de energía.
Lo llamativo de esta situación es que ninguno de los 4 desarrolladores seleccionados por el ICE solicitó aumento alguno. Se trata de un “regalo” a expensas del consumidor final de energía.
Levanta muchas sospechas esta propuesta de incremento del 6,5% por parte del ente regulador para una tecnología de generación que cada día es más barata.
Hola, buenas disculpe necesito saber el nombre del autor de este artículo para fines académicos?
https://www.energiasolar.lat/solar-fotovoltaica-costa-rica/
Hola Isabel. Gracias por tu mensaje. El nombre del autor es Marcelo Ferrari. Saludos.